LEY BASICA DE EMPLEO

   TÍTULO PRELIMINAR

   DE LA POLÍTICA DE EMPLEO

  CAPÍTULO ÚNICO

    Artículo 1.° Concepción.

    1. La política de empleo es el conjunto de decisiones que tienen como finalidad esencial la consecución del equilibrio a corto, medio y largo plazo, entre la oferta y la demanda de trabajo, en sus aspectos cuantitativos y cualitativos, así como la protección de las situaciones de desempleo.

    2. Las medidas de política de empleo previstas en la presente Ley se adoptarán en el marco de la política económica del Gobierno, de forma que permitan conseguir y mantener el nivel de pleno empleo, mejorar la estructura ocupacional y fomentar la mejora de las condiciones de vida y trabajo.

     

    Art. 2.° Objetivos.

    Son objetivos de la política de empleo:

    a) Aumentar el nivel de empleo, potenciando las industrias y sectores con una utilización intensiva del factor trabajo y a través de programas específicos destinados a fomentar la colocación de trabajadores que encuentren dificultades de inserción en el mercado de trabajo.

    b) Establecer y regular sistemas adecuados de previsión de desempleo.

    c) Establecer un sistema eficaz de protección de las situaciones de desempleo.

    d) Lograr el mayor grado de transparencia del mercado de trabajo mediante una adecuada gestión de colocación y de la adopción de medidas que posibiliten la información, orientación, formación y promoción profesionales.

    e) Proteger la movilidad ocupacional de la mano de obra, y la geográfica cuando fuese imprescindible, a fin de conseguir una mayor adecuación cualitativa y cuantitativa de las ofertas y demandas de empleo.

     

    Art. 3.° Ejecución.

    La ejecución de la política de empleo es misión del Gobierno, que la llevará a cabo mediante la acción coordinada de los diferentes departamentos ministeriales y a través del Instituto Nacional de Empleo, como organismo gestor de dicha política, en cuyos órganos consultivos, y, en su caso, directivos, estarán representadas las asociaciones empresariales y organizaciones sindicales.

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