ANEXO II
Orden, limpieza y mantenimiento
1. Las zonas de paso, salidas y vías
de circulación de los lugares de trabajo y, en especial,
las salidas y vías de circulación previstas para
la evacuación en casos de emergencia, deberán permanecer
libres de obstáculos de forma que sea posible utilizarlas
sin dificultades en todo momento.
2. Los lugares de trabajo, incluidos los locales
de servicio, y sus respectivos equipos e instalaciones, se limpiarán
periódicamente y siempre que sea necesario para mantenerlos
en todo momento en condiciones higiénicas adecuadas. A
tal fin, las características de los suelos, techos y paredes
serán tales que permitan dicha limpieza y mantenimiento.
Se eliminarán con rapidez los desperdicios
las manchas de grasa, los residuos de sustancias peligrosas y
demás productos residuales que puedan originar accidentes
o contaminar el ambiente de trabajo.
3. Las operaciones de limpieza no deberán
constituir por si mismas una fuente de riesgo para los trabajadores
que las efectúen o para terceros, realizándose a
tal fin en los momentos, de la forma y con los medios más
adecuados.
4. Los lugares de trabajo y, en particular,
sus instalaciones, deberán ser objeto de un mantenimiento
periódico, de forma que sus condiciones de funcionamiento
satisfagan siempre las especificaciones del proyecto, subsanándose
con rapidez las deficiencias que puedan afectar a la seguridad
y salud de los trabajadores.
Si se utiliza una instalación de ventilación,
deberá mantenerse en buen estado de funcionamiento y un
sistema de control deberá indicar toda avería siempre
que sea necesario para la salud de los trabajadores.
En el caso de las instalaciones de protección
el mantenimiento deberá incluir el control de su funcionamiento.